GEBTA impugna el concurso de 605 millones para gestionar los viajes de los ministerios
La asociación de agencias de viajes de empresa ha presentado un recurso ante el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales en el que solicita la suspensión del procedimiento y la anulación de los pliegos. GEBTA cuestiona, entre otros aspectos, la estructura de costes, la exigencia de descuentos en tarifas aéreas y determinadas obligaciones que considera imposibles de cumplir para las agencias.
GEBTA ha impugnado el concurso convocado para la prestación de los servicios de agencia de viajes de la Administración General del Estado (AGE), un contrato con un valor de 604,8 millones de euros destinado a gestionar los desplazamientos de ministerios y organismos públicos.
La asociación presentó el 2 de septiembre un recurso ante el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRC) en el que solicita la suspensión de la tramitación y la anulación de los pliegos elaborados por la Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación.
GEBTA sostiene que las condiciones de la licitación contienen diversas infracciones normativas y plantea objeciones tanto de carácter económico como operativo y jurídico.
Costes y rentabilidad
Uno de los principales puntos cuestionados por la asociación es la estructura de costes contemplada en el concurso. Según GEBTA, los pliegos no justifican adecuadamente estos costes y establecen condiciones que podrían obligar a las agencias a presentar ofertas con precios que no cubran sus gastos reales o eliminen su margen comercial.
La organización considera que esta circunstancia puede resultar especialmente relevante para aquellas agencias que actualmente no prestan servicios a la Administración y que estén valorando participar en el nuevo procedimiento.
Entre las condiciones recurridas figuran también la exigencia de descuentos lineales en las tarifas aéreas y determinadas mejoras del seguro de viaje a coste cero. GEBTA considera que estas cláusulas podrían vulnerar los artículos 102.3 y 2 de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP).
Obligaciones difíciles de cumplir
Un segundo bloque del recurso se refiere a determinadas prestaciones recogidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas (PPT) que, a juicio de la asociación, resultan operativamente imposibles de garantizar.
GEBTA argumenta que algunas de estas exigencias dependen de las propias prácticas y condiciones de los proveedores de transporte y, por tanto, quedan fuera del control directo de las agencias de viajes. Otras, según la organización, excederían las funciones habituales de un intermediario turístico.
La asociación cuestiona además que estas obligaciones puedan llevar aparejadas penalizaciones para las agencias adjudicatarias cuando su cumplimiento no depende exclusivamente de ellas.
Protección de datos, seguros e IATA
El recurso incorpora un tercer grupo de objeciones relacionadas con normativas ajenas estrictamente a la contratación pública. GEBTA sostiene que determinadas cláusulas podrían entrar en conflicto con la legislación sobre protección de datos, la regulación del mercado de seguros y el reglamento de IATA.
La organización considera, por tanto, que los problemas detectados no se limitan al modelo económico del contrato, sino que afectan a diferentes aspectos jurídicos y operativos de la futura prestación del servicio.
El precedente de 2025
No es la primera vez que GEBTA recurre las condiciones planteadas por la Administración para contratar sus servicios de viajes. En 2025, la asociación ya impugnó el Acuerdo Marco para la contratación de servicios de agencia al considerar que vulneraba la normativa vigente y los principios de libertad de empresa y competencia.
Aquel procedimiento terminó siendo declarado desierto, al no presentarse ofertas por parte de las agencias de viajes. Como consecuencia, el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales no llegó a pronunciarse sobre el fondo del recurso.
GEBTA argumentó entonces, al igual que hace ahora, que las condiciones planteadas no solo presentaban problemas desde el punto de vista legal, sino que hacían que el contrato resultara económicamente inviable para las agencias.
GEBTA reclama diálogo
La asociación critica también que la Administración no haya recurrido a las consultas preliminares de mercado previstas en el artículo 115 de la Ley de Contratos del Sector Público antes de elaborar los pliegos.
Según GEBTA, un proceso de interlocución previa con las agencias habría permitido adaptar las condiciones de la licitación a la realidad del mercado y evitar tanto el nuevo recurso como los costes y retrasos que podría ocasionar una eventual suspensión del procedimiento.
La organización asegura que ya en el anterior concurso se puso a disposición de la Administración para asesorar sobre las condiciones del contrato y establecer un marco de colaboración que conciliara las necesidades del sector público con el funcionamiento del mercado de los viajes corporativos.
GEBTA recuerda, finalmente, el peso económico de las agencias de viajes corporativos en España. Según sus estimaciones, el sector registra una facturación anual superior a 4.000 millones de euros y contribuye a generar alrededor de 390.000 millones de euros de actividad empresarial.
La asociación reclama por ello unas condiciones de contratación “justas y equilibradas” que permitan a las agencias mantener su capacidad para prestar servicios a las empresas y administraciones y continuar generando valor para la economía.